miércoles, 19 de noviembre de 2014

Normas Internas de Tránsito

Estimados Vecinos:

La Junta de Condominio de Residencias Caroní, en aras de garantizar el mejor ambiente de convivencia y la seguridad de los habitantes de nuestra comunidad, ha decidido establecer unas normas básicas de tránsito aplicables a la circulación de vehículos automotores en las áreas de estacionamiento y en el área a la entrada del edificio.

Estas normas serán aplicables para carros, motocicletas, bicicletas y peatones.

1.- En la entrada al estacionamiento tiene preferencia el vehículo que entra frente al que sale, de tal manera que de coincidir ambos corresponderá al conductor del vehículo que sale ceder el paso y de ser necesario retroceder.
2.- En el estacionamiento el PEATÓN SIEMPRE TIENE PREFERENCIA, de tal manera que el conductor de un vehículo que circule por esa área deberá ceder el paso, disminuir la velocidad y detener el vehículo cuando coincida con una persona que circule a pie.
3.- Para cualquier tipo de vehículos, la velocidad máxima dentro del estacionamiento es de 5 Km/h.
4.- Todos los vehículos deben circular con las luces encendidas para facilitar su visualización por conductores y peatones.
5.-El área demarcada a la entrada del edificio debe permanecer libre y su uso está limitado en primer y preferente lugar para uso de emergencias (AMBULANCIAS, MEDICOS, POLICIA, BOMBEROS) y en segundo término para dejar y recoger pasajeros; cargar o descargar correo, encomiendas, pequeñas mudanzas o entregas de materiales y muebles. No se permite en estacionamiento de motocicletas. En ningún caso debe dejarse un vehículo desatendido en dicha zona.
6.- Los vehículos aparcados en las áreas de estacionamiento deben permanecer dentro del área delimitada a cada apartamento.
7.- En caso de ocupación indebida de un puesto de estacionamiento, el copropietario afectado debe informarlo a la vigilancia para que se identifique y ubique al propietario del vehículo infractor y proceda a movilizarlo. Debe evitarse prácticas como “pinchadura de cauchos o bloqueo intencional” pues son contrarios a la ley.

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